Cláusula

Una cláusula es una disposición o condición específica contenida en un contrato o documento legal. Establece derechos, obligaciones o limitaciones para las partes involucradas, regulando aspectos concretos del acuerdo. Puede ser modificada o eliminada si ambas partes lo acuerdan o si es contraria a la ley.
Ideas clave
  • En Chile, las cláusulas se regulan principalmente en el Código Civil, Código de Comercio y la Ley N° 19.496 de Protección de los Derechos de los Consumidores.
  • Existen varios tipos de cláusulas, como la resolutoria, penal, de confidencialidad, de fuerza mayor y de no competencia, cada una con un propósito específico.
  • Las cláusulas abusivas, que perjudican al consumidor, están prohibidas por la Ley N° 19.496.
  • Las cláusulas contrarias a la ley pueden ser declaradas nulas, pero esto no necesariamente invalida todo el contrato.
  • Las cláusulas pueden ser negociadas entre las partes o impuestas en contratos de adhesión, donde la Ley protege al consumidor.
  • La jurisprudencia chilena ha declarado nulas cláusulas abusivas, especialmente en contratos de adhesión para proteger el equilibrio entre las partes.
  • Las cláusulas son esenciales en los contratos, deben ser justas y ajustadas a la ley para evitar su nulidad.

¿Qué es una cláusula?

En el ámbito legal, una cláusula es una disposición o estipulación contenida en un contrato, ley u otro documento jurídico. Cada cláusula establece términos específicos que las partes involucradas deben cumplir.

En esencia, las cláusulas constituyen las "reglas del juego" dentro de un acuerdo o contrato, regulando los derechos y obligaciones de las partes firmantes.

¿Dónde se regula el uso de cláusulas en el derecho chileno?

En Chile, la regulación de las cláusulas contractuales se encuentra principalmente en el Código Civil, que establece las normas generales sobre contratos. Específicamente, el Libro IV se refiere a las obligaciones que nacen de los contratos y las reglas que las rigen.

También es relevante el Código de Comercio, que aplica a contratos de naturaleza comercial, y la Ley N° 19.496 sobre Protección de los Derechos de los Consumidores, que establece disposiciones especiales sobre cláusulas abusivas en contratos de adhesión.

¿Qué tipos de cláusulas existen?

En los contratos, existen distintos tipos de cláusulas, cada una con un propósito específico. Algunas de las más comunes incluyen:

Cláusula resolutoria

La cláusula resolutoria estipula que el contrato puede resolverse o extinguirse si alguna de las partes no cumple con sus obligaciones. Según el Código Civil, si una de las partes no cumple, la otra puede optar por exigir el cumplimiento o la resolución del contrato.

En los contratos bilaterales va envuelta la condición resolutoria de no cumplirse por uno de los contratantes lo pactado.

Pero en tal caso podrá el otro contratante pedir a su arbitrio o la resolución o el cumplimiento del contrato, con indemnización de perjuicios.

Artículo 1489 del Código Civil de Chile

Cláusula penal

Establece una sanción en caso de incumplimiento de alguna de las obligaciones contractuales. Esta sanción generalmente se traduce en el pago de una multa o una indemnización. La cláusula penal está regulada en el artículo 1535 del Código Civil.

La cláusula penal es aquella en que una persona, para asegurar el cumplimiento de una obligación, se sujeta a una pena, que consiste en dar o hacer algo en caso de no ejecutar o de retardar la obligación principal.

Artículo 1535 del Código Civil de Chile

Cláusula de confidencialidad

Obliga a las partes a no divulgar información confidencial obtenida en el marco del contrato. Es común en contratos laborales, de prestación de servicios y de sociedad.

Cláusula de fuerza mayor

Exime de responsabilidad a las partes en caso de que un evento imprevisible e irresistible, como desastres naturales o conflictos bélicos, les impida cumplir con sus obligaciones. Esta figura está relacionada con lo dispuesto en el artículo 45 del Código Civil, que define lo que constituye fuerza mayor o caso fortuito.

Se llama fuerza mayor o caso fortuito el imprevisto a que no es posible resistir, como un naufragio, un terremoto, el apresamiento de enemigos, los actos de autoridad ejercidos por un funcionario público, etc.

Artículo 45 del Código Civil de Chile

Cláusula de no competencia

Limita a una de las partes, generalmente un trabajador o socio, a no realizar actividades que compitan con la otra parte por un período de tiempo determinado tras la finalización del contrato.

¿Qué es una cláusula abusiva en Chile?

Una cláusula abusiva es aquella que genera un desequilibrio significativo en las obligaciones y derechos de las partes, perjudicando especialmente a la parte más débil en el contrato, usualmente el consumidor.

En Chile, estas cláusulas están prohibidas y reguladas por la Ley N° 19.496 sobre Protección de los Derechos de los Consumidores.

Según el artículo 16 de esta ley, se consideran abusivas, entre otras, las cláusulas que:

  • Permiten al proveedor modificar unilateralmente los términos del contrato.
  • Imponen sanciones desproporcionadas al consumidor en caso de incumplimiento.
  • Limitan excesivamente la responsabilidad del proveedor frente al consumidor.

Si se detecta una cláusula abusiva en un contrato, esta puede ser declarada nula, lo que significa que no tendrá efecto legal, aunque el resto del contrato podría seguir siendo válido.

¿Cómo se integran y negocian las cláusulas?

Las cláusulas pueden ser el resultado de una negociación directa entre las partes o formar parte de contratos de adhesión. En el primer caso, las partes tienen libertad para incluir las cláusulas que consideren convenientes, siempre que no vulneren la ley ni los principios de orden público.

En los contratos de adhesión, que son aquellos en los que una de las partes impone las condiciones sin que la otra pueda modificarlas (como sucede en contratos bancarios o de servicios públicos), las cláusulas no son negociadas.

En estos casos, la Ley N° 19.496 protege a los consumidores de posibles abusos por parte de los proveedores.

Declarada la nulidad de una o varias cláusulas o estipulaciones de un contrato de adhesión, por aplicación de alguna de las normas del artículo 16, éste subsistirá con las restantes cláusulas, a menos que por la naturaleza misma del contrato, o atendida la intención original de los contratantes, ello no fuere posible. En este último caso, el juez deberá declarar nulo, en su integridad, el acto o contrato sobre el que recae la declaración.

Artículo 16-A de la Ley N° 19.496 de Chile

¿Qué sucede si una cláusula es contraria a la ley en Chile?

Cuando una cláusula es contraria a la ley o va en contra del orden público, puede ser declarada nula, conforme al artículo 1469 del Código Civil, que establece que los actos contrarios a la ley son nulos. Esta nulidad puede ser absoluta o relativa. 

En la nulidad absoluta, el contrato entero puede quedar sin efecto, mientras que en la nulidad relativa, solo la cláusula en cuestión es anulada, y el resto del contrato permanece válido.

Los actos o contratos que la ley declara inválidos, no dejarán de serlo por las cláusulas que en ellos se introduzcan y en que se renuncie la acción de nulidad.

Artículo 1469 del Código Civil de Chile

¿La jurisprudencia es relevante para las cláusulas?

En Chile, la jurisprudencia ha jugado un papel importante en la interpretación y aplicación de las cláusulas contractuales, especialmente en lo que respecta a la protección del consumidor.

La Corte Suprema ha dictado fallos que refuerzan la nulidad de cláusulas abusivas en contratos de adhesión, señalando que estos acuerdos deben respetar el equilibrio entre las partes y no imponer obligaciones desproporcionadas al consumidor.

Por ejemplo, en sentencias recientes, se ha determinado la nulidad de cláusulas que permiten a los bancos modificar unilateralmente las tasas de interés o que exigen al consumidor el pago de comisiones desproporcionadas en caso de incumplimiento.

Conclusión

Las cláusulas son elementos esenciales en los contratos, ya que definen las condiciones bajo las cuales las partes se obligan. En Chile, su regulación se encuentra en el Código Civil, el Código de Comercio y en leyes especiales como la Ley de Protección de los Derechos de los Consumidores, dependiendo del tipo de contrato. Es fundamental que las cláusulas sean claras, justas y ajustadas a derecho, de lo contrario, podrían ser declaradas nulas.