Artículo 239 del Reglamento de Extranjería

Artículo 239. Resolución del procedimiento simplificado.

En el plazo de tres días desde que se reciba el expediente, el órgano competente para resolver dictará resolución en la forma y con los efectos procedentes que para las resoluciones de sanción de multa se prevén en el procedimiento ordinario de este Reglamento.

art 239 RD 1155/2024

¿Buscas abogado especialista en derecho de extranjería?

Te ayudamos a encontrar abogado de extranjería e inmigración de confianza. Tenemos una amplia red de abogados colaboradores en toda España.

Buscar abogado de extranjería
Índice: