Artículo 547 del Código Civil y Comercial

Artículo 547. Recursos.

El recurso contra la sentencia que decreta la prestación de alimentos no tiene efecto suspensivo, ni el que recibe los alimentos puede ser obligado a prestar fianza o caución alguna de devolver lo recibido si la sentencia es revocada.

art 547 CCCN

Índice: