Artículo 2162 del Código Civil y Comercial

Artículo 2162. Definición.

La servidumbre es el derecho real que se establece entre dos inmuebles y que concede al titular del inmueble dominante determinada utilidad sobre el inmueble sirviente ajeno. La utilidad puede ser de mero recreo.

art 2162 CCCN

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