¿Qué es el comodato?
El comodato es un contrato mediante el cual una persona entrega gratuitamente un bien mueble o inmueble a otra para que lo utilice durante un determinado tiempo o para una finalidad específica y, posteriormente, lo devuelva.
¿Dónde se regula el comodato en Perú?
El comodato se encuentra regulado en el Título VIII de la Sección Segunda del Libro VII del Código Civil.
Su regulación específica comprende los artículos 1728 al 1754 del Código Civil.
El artículo 1728 del Código Civil sostiene que:
Por el comodato, el comodante se obliga a entregar gratuitamente al comodatario un bien no consumible, para que lo use por cierto tiempo o para cierto fin y luego lo devuelva.
El artículo 1729 admite excepcionalmente:
Hay comodato de un bien consumible sólo si es prestado a condición de no ser consumido.
Asimismo, el artículo 1731 establece:
Se presume que el comodatario recibe el bien en buen estado de uso y conservación, salvo prueba en contrario.
¿Qué ocurre si el comodatario deteriora o pierde el bien?
El artículo 1732 establece como regla:
Corresponde al comodante el aumento y el menoscabo o pérdida del bien, salvo culpa del comodatario o pacto de satisfacer todo perjuicio.
A su vez, el artículo 1738 responsabiliza al comodatario por la pérdida o deterioro que no provenga de la naturaleza del bien o de su uso ordinario.
Existe un plazo específico para determinadas reclamaciones. El artículo 1753 señala:
La acción del comodante para reclamar por el deterioro o modificación del bien, cuando la causa sea imputable al comodatario, caduca a los seis meses de haberlo recuperado.
Finalmente, el artículo 1754 establece:
La acción del comodatario para que se le reintegren los gastos extraordinarios a que se refiere el artículo 1735, inciso 4, caduca a los seis meses contados desde que devolvió el bien.
¿Cuáles son las obligaciones del comodatario en Perú?
El artículo 1738 del Código Civil establece las siguientes obligaciones:
Son obligaciones del comodatario:
1. Custodiar y conservar el bien con la mayor diligencia y cuidado, siendo responsable de la pérdida o deterioro que no provenga de su naturaleza o del uso ordinario.
2. Emplear el bien para el uso determinado en el contrato o, en su defecto, según la naturaleza del mismo y la costumbre, siendo responsable del deterioro o pérdida provenientes del abuso.
3. Permitir que el comodante inspeccione el bien para establecer su estado de uso y conservación.
4. Pagar los gastos ordinarios indispensables que exija la conservación y uso del bien.
5. Devolver el bien en el plazo estipulado o, en su defecto, después del uso para el que fue dado en comodato.
Sin embargo, el artículo 1739 establece que:
El comodatario no responde si el bien se deteriora o modifica por efecto del uso para el que ha sido entregado.
¿Cuáles son las obligaciones del comodante?
Según el artículo 1735 del Código Civil:
Son obligaciones del comodante:
1. Entregar el bien en el plazo convenido.
2. Comunicar oportunamente al comodatario si el bien adolece de algún vicio que conoce.
3. No solicitar la devolución del bien antes del plazo estipulado y, en defecto de pacto, antes de haber servido al uso para el que fue dado en comodato, salvo el caso previsto en el artículo 1736.
4. Pagar los gastos extraordinarios que hubiese hecho el comodatario para la conservación del bien.
¿Cuándo debe devolverse un bien entregado en comodato en Perú?
La devolución depende inicialmente de lo acordado en el contrato.
El artículo 1738 establece como obligación del comodatario devolver el bien en el plazo estipulado.
Existe además una regla específica para el comodato de duración indeterminada. Conforme al artículo 1737:
Cuando no se ha determinado la duración del contrato, el comodatario está obligado a restituir el bien cuando el comodante lo solicite.
Según el artículo 1736 establece:
Si el comodante necesita con urgencia imprevista el bien o acredita que existe peligro de deterioro o pérdida si continúa en poder del comodatario, puede solicitarle su devolución antes de cumplido el plazo o de haber servido para el uso.
Asimismo, el artículo 1744 indica:
El comodatario debe devolver el bien dado en comodato al comodante o a quien tenga derecho a recibirlo, en el lugar en que lo recibió.