Artículo 1009 del Código Civil y Comercial
Artículo 1009. Bienes litigiosos, gravados, o sujetos a medidas cautelares.
Los bienes litigiosos, gravados, o sujetos a medidas cautelares, pueden ser objeto de los contratos, sin perjuicio de los derechos de terceros.
Quien de mala fe contrata sobre esos bienes como si estuviesen libres debe reparar los daños causados a la otra parte si ésta ha obrado de buena fe.
art 1009 CCCN
- Código Civil y Comercial de la Nación
- LIBRO TERCERO: DERECHOS PERSONALES
- TÍTULO II: Contratos en general
- CAPÍTULO V: Objeto
- Artículo 1003. Disposiciones generales.
- Artículo 1004. Objetos prohibidos.
- Artículo 1005. Determinación.
- Artículo 1006. Determinación por un tercero.
- Artículo 1007. Bienes existentes y futuros.
- Artículo 1008. Bienes ajenos.
- Artículo 1009. Bienes litigiosos, gravados, o sujetos a medidas cautelares.
- Artículo 1010. Herencia futura.
- Artículo 1011. Contratos de larga duración.
- CAPÍTULO V: Objeto
- TÍTULO II: Contratos en general