Artículo 115 de la Constitución Política de Guatemala

Artículo 115. Cobertura gratuita del Instituto Guatemalteco de Seguridad Social a jubilados.

Las personas que gocen de jubilación, pensión o montepío del Estado e instituciones autónomas y descentralizadas, tienen derecho a recibir gratuitamente la cobertura total de los servicios médicos del Instituto Guatemalteco de Seguridad Social.

art 115 cprg

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