¿Quién cobra primero en un concurso de acreedores?

En un concurso de acreedores, los primeros en cobrar son los acreedores de créditos contra la masa, que son los contemplados en el artículo 242.1 de la Ley Concursal. Por ejemplo, los trabajadores con respecto a los salarios de los últimos 30 días de trabajo efectivo antes de la declaración de concurso, en cuantía no superior al doble del salario mínimo interprofesional (SMI).

A continuación, cobrarán los acreedores de créditos privilegiados (primero los de privilegio especial y luego los de privilegio general), después, los de créditos ordinarios, y, finalmente, los de créditos subordinados.

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