¿Quién responde por las deudas con la comunidad del anterior propietario?
La persona que responde por las deudas con la comunidad del anterior propietario es el nuevo propietario, quien tendrá que pagar las deudas contraídas por aquel durante el año que esté en curso y los tres años naturales anteriores, tal como establece el artículo 9.1.e) de la Ley sobre propiedad horizontal.
Ahora bien, en realidad, el nuevo propietario no es el verdadero deudor. Es por ello que puede repetir contra el anterior propietario, es decir, reclamarle que pague las cantidades que haya tenido que abonar a la comunidad.
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- Jordi Barquin de Cozar Roura
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- 20 años en ejercicio
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