¿Puede una comunidad de vecinos prohibir los pisos turísticos?
Sí, la comunidad de vecinos puede impedir el uso turístico de las viviendas del edificio.
El artículo 17.12 de la Ley sobre propiedad horizontal permite a la junta de propietarios aprobar, limitar, condicionar o prohibir el ejercicio de la actividad turística, con el voto favorable de las tres quintas partes del total de los propietarios que, a su vez, tendrán que representar las tres quintas partes de las cuotas de participación.
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- Jordi Barquin de Cozar Roura
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