¿Cómo se calcula la indemnización por negligencia médica?

Para el cálculo de la indemnización, se tomarán como referencia las tablas indemnizatorias del baremo de accidentes de tráfico que quedan automáticamente actualizadas con efecto desde el uno de enero de cada año, de acuerdo con lo establecido en el artículo 49.1 del Real Decreto Legislativo 8/2004, de 29 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley sobre responsabilidad civil y seguro en la circulación de vehículos a motor (LRCSCVM).

La indemnización a recibir por una negligencia médica debe abarcar el resarcimiento de los siguientes daños:

  • Daños corporales, que son los provocados a la integridad física y psíquica del paciente.
  • Daños materiales, es decir, los que afectan al patrimonio del perjudicado y que se valoran según el valor de mercado que tengan los bienes afectados. En este grupo entra también el perjuicio provocado por las ganancias dejadas de percibir, lo que se conoce como lucro cesante (por ejemplo, como consecuencia de no haber podido realizar un negocio).
  • Daños morales, esto es, los sufrimientos físicos, psíquicos y emocionales que sufren tanto el paciente como sus allegados.
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