Delito de coacción

El delito de coacción consiste en obligar a una persona, mediante violencia o amenaza, a hacer lo que la ley no manda o impedirle hacer lo que la ley no prohíbe.
Ideas clave
  • El delito de coacción está regulado en el Código Penal peruano dentro de los delitos contra la libertad.
  • En Perú, el bien jurídico protegido es la libertad personal de decidir y actuar sin imposiciones ilegítimas.
  • En el delito de coacción, la conducta típica puede consistir tanto en imponer una acción como en impedir injustificadamente una conducta permitida por la ley.
  • En Perú, la pena depende de las circunstancias concretas y de la eventual concurrencia de agravantes previstas por la legislación penal.

¿Qué es el delito de coacción?

El delito de coacción consiste en obligar a otra persona, mediante violencia o amenaza, a realizar algo que la ley no ordena o en impedirle hacer aquello que la ley no prohíbe.

En el derecho penal peruano, este delito protege principalmente la libertad personal de decisión y actuación.

¿Dónde se regula el delito de coacción en Perú?

El delito de coacción se encuentra regulado en el artículo 151 del Código Penal peruano. Está ubicado en el Título IV, Delitos contra la libertad, dentro del Capítulo I, referido a la violación de la libertad personal.

El que, mediante amenaza o violencia, obliga a otro a hacer lo que la ley no manda o le impide hacer lo que ella no prohíbe será reprimido con pena privativa de libertad no mayor de dos años.

Artículo 151 del Código Penal

¿Cuál es la pena por el delito de coacción en Perú?

Conforme al artículo 151 del Código Penal vigente, el delito de coacción se sanciona con pena privativa de libertad no mayor de 2 años.

La determinación concreta de la pena corresponde realizarla conforme a las reglas generales del Código Penal, considerando las circunstancias del hecho, la forma de intervención, posibles agravantes generales y demás factores relevantes.

Además, la comisión del delito puede generar responsabilidad civil, destinada a reparar los daños ocasionados a la víctima.