Artículo 2056 del Código Civil

Artículo 2056. Solución de conflictos entre normas extranjeras

Cuando en el derecho extranjero que resulta aplicable coexistan diversos ordenamientos jurídicos, el conflicto entre las leyes locales se resolverá de acuerdo con los principios vigentes en el correspondiente derecho extranjero.

art 2056 cc

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