Artículo 2047 del Código Civil
Artículo 2047. Normas aplicables
El derecho aplicable para regular relaciones jurídicas vinculadas con ordenamientos jurídicos extranjeros se determina de acuerdo con los tratados internacionales ratificados por el Perú que sean pertinentes y, si éstos no lo fueran, conforme a las normas del presente Libro.
Además son aplicables, supletoriamente, los principios y criterios consagrados por la doctrina del Derecho Internacional Privado.
art 2047 cc
- Código Civil
- LIBRO X: DERECHO INTERNACIONAL PRIVADO
- Título I: Disposiciones generales
- Artículo 2046. Igualdad de derechos para peruanos y extranjeros
- Artículo 2047. Normas aplicables
- Artículo 2048. Competencia de jueces peruanos
- Artículo 2049. Incompatibilidad de norma extranjera
- Artículo 2050. Reconocimiento de derechos adquiridos en el extranjero
- Artículo 2051. Aplicación de oficio de normas extranjeras
- Artículo 2052. La ley extranjera como prueba
- Artículo 2053. Informe sobre existencia y sentido de la norma extranjera
- Artículo 2054. Absolución de consulta sobre la ley nacional
- Artículo 2055. Interpretación del derecho extranjero
- Artículo 2056. Solución de conflictos entre normas extranjeras
- Título I: Disposiciones generales