Artículo 974 de la Ley Federal del Trabajo
El adjudicatario exhibirá dentro de los tres días siguientes, el importe total de su postura, apercibido de que de no hacerlo, la cantidad exhibida quedará en favor del actor; y el Tribunal señalará nueva fecha para la celebración de la almoneda.
art 974 LFT
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- TÍTULO QUINCE. Procedimientos de ejecución
- Capítulo I
- Sección Tercera: Remates
- Capítulo I