Artículo 972 de la Ley Federal del Trabajo
La diligencia de remate no puede suspenderse. El Tribunal resolverá de inmediato las cuestiones que planteen las partes interesadas.
art 972 LFT
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Consultar abogado- Ley Federal del Trabajo
- TÍTULO QUINCE. Procedimientos de ejecución
- Capítulo I
- Sección Tercera: Remates
- Capítulo I