Artículo 684-M de la Ley Federal del Trabajo

El procedimiento de selección de los conciliadores deberá garantizar que los aspirantes cuenten con las destrezas, habilidades y competencias siguientes:

a) Conocimientos generales de derecho y específicos en materia laboral;

b) Análisis y resolución de controversias;

c) Gestión del conflicto, y

d) Aptitudes en la función conciliatoria.

art 684-M LFT

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