Artículo 444 de la Ley Federal del Trabajo
Huelga legalmente existente es la que satisface los requisitos y persigue los objetivos señalados en el artículo 450.
art 444 LFT
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Consultar abogado- Ley Federal del Trabajo
- TÍTULO OCTAVO. Huelgas
- Capítulo I: Disposiciones generales