Artículo 869 del Código Civil Federal
El derecho de pesca en aguas particulares, pertenece a los dueños de los Predios en que aquéllas se encuentren, con sujeción a las leyes y reglamentos de la materia.
art 869 CCF
- Código Civil Federal
- LIBRO SEGUNDO. De los bienes
- TÍTULO CUARTO. De la propiedad