Artículo 509 del Código Civil Federal
En el caso de que trata el artículo anterior, se proveerá a la tutela conforme a la ley.
art 509 CCF
- Código Civil Federal
- LIBRO PRIMERO. De las personas
- TÍTULO NOVENO. De la tutela
- Capítulo VII: De las personas inhábiles para el desempeño de la tutela y de las que deben ser separadas de ella
- TÍTULO NOVENO. De la tutela