Artículo 2826 del Código Civil Federal
La transacción entre el acreedor y el deudor principal, aprovecha al fiador, pero no le perjudica. La celebrada entre el fiador y el acreedor, aprovecha, pero no perjudica al deudor principal.
art 2826 CCF
- Código Civil Federal
- LIBRO CUARTO. De las obligaciones
- TÍTULO DECIMO TERCERO. De la fianza
- Capítulo II: De los efectos de la fianza entre el fiador y el acreedor
- TÍTULO DECIMO TERCERO. De la fianza