Artículo 2532 del Código Civil Federal
El depositante está obligado a indemnizar al depositario de todos los gastos que haya hecho en la conservación del depósito y de los perjuicios que por él haya sufrido.
art 2532 CCF
- Código Civil Federal
- LIBRO CUARTO. De las obligaciones
- TÍTULO OCTAVO. Del depósito y del secuestro
- Capítulo I: Del depósito
- TÍTULO OCTAVO. Del depósito y del secuestro