¿Cuáles son las consecuencias de ser declarado no apto en el reconocimiento médico laboral?
La principal consecuencia de que el trabajador sea declarado no apto en el reconocimiento médico es que, si bien tal declaración no implica por sí sola la extinción del contrato de trabajo, la empresa puede utilizarla para fundamentar un despido objetivo por causa de ineptitud con base en el artículo 52.a) del Estatuto de los Trabajadores.
En tal caso, la empresa tendrá que notificar el despido por escrito al trabajador expresando la causa del mismo y poniendo a su disposición en ese mismo momento una indemnización de 20 días por año de servicio, prorrateándose por meses los periodos inferiores a un año y con un límite de 12 mensualidades.
Además, le tendrá que dar un plazo de preaviso de 15 días, durante el cual el trabajador tendrá derecho a una licencia de 6 horas semanales para buscar nuevo empleo sin pérdida de retribución, pudiendo ejercer este derecho a través de su representante legal en caso de tenerlo por razón de discapacidad.
Es muy importante revisar el convenio colectivo para saber si, en el caso concreto, al trabajador le corresponden derechos mejorados.
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