Artículo 295. Falsedad para obtener prueba de hecho verdadero.
El que realice una de las conductas descritas en este capítulo, con el fin de obtener para sí o para otro medio de prueba de hecho verdadero, incurrirá en multa.
art 295 cp
- Código Penal de Colombia
- Libro Primero: Parte general
- Título IX: Delitos contra la Fe Pública
- Capítulo III: De la falsedad en documentos
- Artículo 286. Falsedad ideológica en documento público.
- Artículo 287. Falsedad material en documento público.
- Artículo 288. Obtención de documento público falso.
- Artículo 289. Falsedad en documento privado.
- Artículo 290. Circunstancias de agravación punitiva.
- Artículo 291. Uso de documento falso.
- Artículo 292. Destrucción, supresión u ocultamiento de documento público.
- Artículo 293. Destrucción, supresión y ocultamiento de documento privado.
- Artículo 294. Documento.
- Artículo 295. Falsedad para obtener prueba de hecho verdadero.
- Artículo 296. Falsedad personal.
- Capítulo III: De la falsedad en documentos
- Título IX: Delitos contra la Fe Pública
- Libro Primero: Parte general