Artículo 199 de la Ley General de la Seguridad Social

Artículo 199. Norma especial sobre incapacidad permanente derivada de enfermedad profesional.

Las disposiciones de desarrollo de la presente ley adaptarán, en cuanto a enfermedades profesionales, las normas de este capítulo a las peculiaridades y características especiales de dicha contingencia.

art 199 LGSS

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