Artículo 141 de la Ley Concursal
Artículo 141. Sentencias y laudos firmes.
Las sentencias y los laudos firmes dictados antes o después de la declaración de concurso vinculan al juez de este, el cual dará a las resoluciones pronunciadas el tratamiento concursal que corresponda.
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Buscar abogado concursal- Ley Concursal
- LIBRO PRIMERO. Del concurso de acreedores
- TÍTULO III. De los efectos de la declaración de concurso
- CAPÍTULO II. De los efectos sobre las acciones individuales
- Sección I. De los efectos sobre las acciones y sobre los procedimientos declarativos
- Artículo 136. Nuevos juicios declarativos.
- Artículo 137. Continuación de juicios declarativos en tramitación.
- Artículo 138. Acumulación de juicios declarativos en tramitación.
- Artículo 139. Suspensión de la tramitación de juicios declarativos.
- Artículo 140. Pactos de mediación, convenios y procedimientos arbitrales.
- Artículo 141. Sentencias y laudos firmes.
- Sección I. De los efectos sobre las acciones y sobre los procedimientos declarativos
- CAPÍTULO II. De los efectos sobre las acciones individuales
- TÍTULO III. De los efectos de la declaración de concurso