Artículo 22 de la Ley 29/2015 de cooperación jurídica internacional en materia civil

Artículo 22. Medios de comunicación, notificación y traslado en España.

Para la práctica de notificación y traslado de documentos judiciales en España que provengan de una autoridad extranjera, serán aceptables las vías previstas en el apartado 1 del artículo anterior. Se admite también la comunicación directa al destinatario por correo postal certificado o medio equivalente con acuse de recibo u otra garantía que permita dejar constancia de su recepción.

art 22 Ley 29/2015

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