Artículo 20 de la Ley 29/2015 de cooperación jurídica internacional en materia civil
Artículo 20. Ámbito de aplicación.
El presente capítulo regula los requisitos especiales aplicables a los actos de notificación y traslado de documentos judiciales que deban ser remitidos desde España a un Estado extranjero o desde un Estado extranjero a España, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 9.
art 20 Ley 29/2015
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