¿Qué son los grados de consanguinidad?
Los grados de consanguinidad son una forma de determinar jurídicamente qué tan próximo es el parentesco entre dos personas que descienden una de otra o que tienen un antepasado común.
En Argentina, el término tradicional “consanguinidad” suele utilizarse para referirse al parentesco por naturaleza.
El Código Civil y Comercial de la Nación utiliza conceptos como línea, grado, tronco y rama para establecer la proximidad del parentesco.
¿Dónde se regulan los grados de consanguinidad en Argentina?
El parentesco está regulado principalmente por el Código Civil y Comercial de la Nación, especialmente en sus artículos 529 y siguientes.
Parentesco es el vínculo jurídico existente entre personas en razón de la naturaleza, las técnicas de reproducción humana asistida, la adopción y la afinidad.
Las disposiciones de este Código que se refieren al parentesco sin distinción se aplican sólo al parentesco por naturaleza, por métodos de reproducción humana asistida y por adopción, sea en línea recta o colateral.
El artículo 530 establece que:
La proximidad del parentesco se establece por líneas y grados.
¿Cómo se calculan los grados de consanguinidad?
El artículo 531 establece los conceptos fundamentales para calcularlo:
Se llama:
a) grado, al vínculo entre dos personas que pertenecen a generaciones sucesivas;
b) línea, a la serie no interrumpida de grados;
c) tronco, al ascendiente del cual parten dos o más líneas;
d) rama, a la línea en relación a su origen.
A su vez, el artículo 532 distingue las clases de líneas:
Se llama línea recta a la que une a los ascendientes y los descendientes; y línea colateral a la que une a los descendientes de un tronco común.
Asimismo, el artículo 533 explica que:
En la línea recta hay tantos grados como generaciones. En la colateral los grados se cuentan por generaciones, sumando el número de grados que hay en cada rama entre cada una de las personas cuyo parentesco se quiere computar y el ascendiente común.
Los familiares tienen distintos grados de consanguinidad según la cercanía del parentesco. Por ejemplo:
- El padre, la madre, el hijo y la hija son familiares de primer grado en línea recta.
- Los abuelos, nietos y hermanos son de segundo grado, siendo los hermanos de línea colateral.
- Los bisabuelos, bisnietos, tíos y sobrinos son de tercer grado.
- Finalmente, los primos hermanos son de cuarto grado y pertenecen a la línea colateral.
¿Quiénes son los hermanos bilaterales y unilaterales en Argentina?
El artículo 534 reconoce dos tipos de hermanos en el Código Civil y Comercial:
Son hermanos bilaterales los que tienen los mismos padres. Son hermanos unilaterales los que proceden de un mismo ascendiente en primer grado, difiriendo en el otro.
¿Los hermanos adoptivos tienen grados de consanguinidad?
El derecho argentino no limita el parentesco jurídicamente relevante a los vínculos biológicos también recoge la adopción.
En la adopción plena, el adoptado adquiere el mismo parentesco que tendría un hijo del adoptante con todos los parientes de éste.
La adopción simple sólo crea vínculo de parentesco entre el adoptado y el adoptante.
En ambos casos el parentesco se crea con los límites determinados por este Código y la decisión judicial que dispone la adopción.
¿Qué es el parentesco por afinidad en Argentina?
Además del parentesco por grado de consanguinidad, el Código Civil y Comercial también regula el parentesco por afinidad:
El parentesco por afinidad es el que existe entre la persona casada y los parientes de su cónyuge.
Se computa por el número de grados en que el cónyuge se encuentra respecto de esos parientes.
El parentesco por afinidad no crea vínculo jurídico alguno entre los parientes de uno de los cónyuges y los parientes del otro.