Artículo 427 del Código Civil y Comercial

Artículo 427. Buena fe en la celebración del matrimonio.

La buena fe consiste en la ignorancia o error de hecho excusables y contemporáneos a la celebración del matrimonio sobre el impedimento o la circunstancia que causa la nulidad, o en haberlo contraído bajo la violencia del otro contrayente o de un tercero.

art 427 CCCN

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