Artículo 1969 del Código Civil y Comercial
Artículo 1969. Efectos de la retroactividad.
Si la revocación es retroactiva el dueño perfecto readquiere el dominio libre de todos los actos jurídicos realizados por el titular del dominio resuelto; si no es retroactiva, los actos son oponibles al dueño.
>CAPITULO 4
Límites al dominio
art 1969 CCCN
- Código Civil y Comercial de la Nación
- LIBRO CUARTO: DERECHOS REALES
- TÍTULO III: Dominio
- CAPÍTULO III: Dominio imperfecto
- TÍTULO III: Dominio