Artículo 1941 del Código Civil y Comercial

Artículo 1941. Dominio perfecto.

El dominio perfecto es el derecho real que otorga todas las facultades de usar, gozar y disponer material y jurídicamente de una cosa, dentro de los límites previstos por la ley. El dominio se presume perfecto hasta que se pruebe lo contrario.

art 1941 CCCN

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