Artículo 1276 del Código Civil y Comercial

Artículo 1276. Nulidad de la cláusula de exclusión o limitación de la responsabilidad.

Toda cláusula que dispensa o limita la responsabilidad prevista para los daños que comprometen la solidez de una obra realizada en inmueble destinada a larga duración o que la hacen impropia para su destino, se tiene por no escrita.

art 1276 CCCN

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