Artículo 120 de la Ley Reguladora de la Jurisdicción Social

Artículo 120. Tramitación.

1. Los procesos derivados de la extinción del contrato de trabajo por causas objetivas, se ajustarán a las normas contenidas en el Capítulo relativo a los procesos por despidos y sanciones sin perjuicio de las especialidades que se enuncian en los artículos siguientes.

2. En los supuestos de extinción de contrato de trabajo previsto en el artículo 49.1.n) del Estatuto de los Trabajadores el procedimiento será urgente y se le dará tramitación preferente.

art 120 lrjs

Para profundizar:

¿Buscas abogado especialista en derecho laboral?

Te ayudamos a encontrar abogado laboralista de confianza. Tenemos una amplia red de abogados colaboradores en toda España.

Buscar abogado laboralista
Índice: