¿Quién debe pagar los daños materiales producidos por un accidente de tráfico?

En los daños materiales derivados de un accidente de tráfico, antes era siempre la aseguradora del conductor responsable quien tenía que abonar directamente la indemnización a la persona perjudicada, tras los trámites oportunos. El problema práctico era que ese intercambio de gestiones entre compañías podía alargar el cobro, con el consiguiente perjuicio para la víctima.

Por ello, para agilizar el pago, la mayoría de las aseguradoras firmaron convenios de tramitación que permiten la indemnización directa, de modo que, cuando se cumplen ciertos requisitos, el perjudicado cobra de su propia compañía y esta, después, se compensa con la aseguradora del responsable. En concreto:

  • El CIDE, que se aplica, entre otros supuestos, cuando hay una colisión directa entre dos vehículos y se formaliza un parte amistoso.
  • El ASCIDE, que actúa como acuerdo complementario para casos con el mismo objetivo de rapidez cuando no existe parte amistoso.

Estos convenios solo vinculan a las aseguradoras adheridas. Si alguna de las compañías implicadas no los ha suscrito, el siniestro se tramita por la vía clásica, con comunicaciones y reclamaciones entre entidades hasta que se determine y se pague la indemnización, lo que normalmente hace el proceso más lento para quien sufrió los daños.

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