Principio de acceso a la función pública

​​El principio de acceso a la función pública hace referencia a los fundamentos establecidos para regular la selección e ingreso de personal a los diferentes organismos y entidades del sector público español. Su finalidad es la de garantizar la igualdad de oportunidades, la transparencia, la meritocracia y la imparcialidad en el acceso a cargos oficiales, sean del nivel y la relevancia que sean.

Los principios que rigen el acceso a la función pública están determinados principalmente por dos normas, la Constitución Española y el Estatuto Básico del Empleado Público. Por su parte, la Constitución los consagra en sus artículos 103 y 23, y el Estatuto, en su artículo 55.

Principios en los que se basa el acceso a la función pública, a la luz de la normativa española

Constitución Española

Si bien la Constitución estipula estos principios explícitamente en su artículo 103, la misma norma anticipa de alguna forma este tema en su artículo 23. Este precepto, al establecer el derecho a acceder a posiciones estatales en condiciones de equidad, instaura el principio de igualdad al interior del sector público. 

Según el artículo 103 de la Constitución, el acceso a la función pública se dará conforme a los principios de mérito y capacidad. Lo que significa que los candidatos deben demostrar que cuentan con conocimientos, habilidades y aptitudes necesarias para desempeñar el puesto de trabajo al que optan.

El principio de mérito implica que los aspirantes son examinados en función de sus cualificaciones académicas, trayectoria laboral y competencias técnicas. Se valora la formación alcanzada, los títulos y certificaciones obtenidos, así como los logros profesionales.

Por otro lado, el principio de capacidad se refiere a la evaluación de esas habilidades y aptitudes necesarias para ejercer de manera eficiente el cargo. Se determina la idoneidad del candidato en relación con las funciones y responsabilidades específicas del puesto.

Para ello, y como parte del proceso de selección, los aspirantes deberán presentar las pruebas dirigidas a medir sus capacidades respecto al trabajo para el cual se están postulando. Esto garantizará que serán elegidos en función de su formación, conocimiento y experiencia. Lo que asegura que los futuros funcionarios públicos serán competentes y estarán facultados para ejecutar eficazmente sus responsabilidades.

La aplicación del principio de mérito y capacidad conlleva a que los procesos de selección para acceder a la función pública se basen en criterios objetivos e imparciales.

Estatuto Básico del Empleado Público

Por su parte, el artículo 55 de este Estatuto confirma los preceptos constitucionales antes citados y agrega seis principios más, a saber:

  • Publicidad de las convocatorias: tanto las convocatorias como sus bases y los criterios de selección establecidos, deberán ser de conocimiento general. Para lo cual se debe garantizar su accesibilidad y difusión. De esta manera, se asegura que las oportunidades de empleo público, llegarán a los interesados.
  • Transparencia: los procedimientos de selección deben garantizar la transparencia de los criterios de evaluación y de los resultados. Igualmente se debe asegurar la actividad efectuada por los diferentes órganos involucrados. Los candidatos deben tener acceso a información relevante y a los motivos de las decisiones tomadas durante el proceso.
  • Imparcialidad y profesionalismo: los miembros de los órganos encargados de la selección deben actuar de manera objetiva e imparcial, basándose en criterios técnicos y profesionales. Así se evitan favoritismos, nepotismo o influencia indebida, en la toma de decisiones.
  • Independencia y discrecionalidad técnica: se busca asegurar que los órganos actúen de manera autónoma, sin interferencias externas y ejerciendo su discrecionalidad. De esta forma, se garantizan decisiones basadas en su experiencia y conocimientos, sin que medien otros factores.
  • Adecuación: los procedimientos de selección y los requisitos exigidos deben ser proporcionales a las características y exigencias del puesto a cubrir. Este principio garantiza que los procesos selectivos sean congruentes con las funciones y tareas a desarrollar en la función pública.
  • Agilidad: se refiere a la necesidad de que dichos procesos se realicen con celeridad y eficiencia, con tiempos de respuesta adecuados. Lo cual no deberá comprometer la objetividad y la calidad de la evaluación. Este principio tiene como objetivo prevenir demoras innecesarias y garantizar una selección de aspirantes ágil y oportuna.

Estos seis principios se derivan directamente de las leyes que regulan el acceso a la función pública. Por lo que forman parte fundamental de un marco legal claro y vinculante para los procesos de selección y contratación en el sector público.

Conclusión

Destinados a promover la igualdad de oportunidades, en primera instancia, los principios de acceso a la función pública promueven la prevención de posibles arbitrariedades en este tipo de procesos. De ese modo, se garantiza una administración pública eficiente, de la mano de funcionarios competentes y capacitados para responder a los retos propios del quehacer institucional.

Así las cosas, los principios que guían el acceso a la función pública contribuyen a establecer una base sólida para una gestión estatal eficaz. Fortaleciendo, de paso, la confianza de los ciudadanos en la administración pública como organismo garante de oportunidades, y a la vez, plenamente calificado.

Lo anterior facilita un mejor funcionamiento de las instituciones oficiales y la prestación de servicios de calidad. Todo esto gracias a una función pública más efectiva y profesional, cercana y representativa.