¿Qué es la servidumbre de paso?
La servidumbre de paso es un derecho real que permite al propietario o poseedor de un predio acceder a una vía pública atravesando otro predio cuando su inmueble carece de una salida adecuada.
En el derecho peruano, esta figura busca evitar que un predio quede materialmente aislado o enclavado sin acceso a caminos públicos.
En esta relación intervienen dos inmuebles. El predio dominante es aquel que se beneficia con el derecho de paso, mientras que el predio sirviente es aquel sobre el cual recae la carga de permitir el tránsito.
¿Dónde se regula la servidumbre de paso en Perú?
La servidumbre de paso se encuentra regulada principalmente en los artículos 1035 al 1054 del Código Civil peruano.
El artículo 1035 regula la servidumbre:
La ley o el propietario de un predio puede imponerle gravámenes en beneficio de otro que den derecho al dueño del predio dominante para practicar ciertos actos de uso del predio sirviente o para impedir al dueño de éste el ejercicio de alguno de sus derechos.
El artículo 1051 establece la servidumbre de paso:
La servidumbre legal de paso se establece en beneficio de los predios que no tengan salida a los caminos públicos.
Esta servidumbre cesa cuando el propietario del predio dominante adquiere otro que le de salida o cuando se abre un camino que de acceso inmediato a dicho predio.
El artículo 1052 señala la onerosidad de la servidumbre legal de paso:
La servidumbre del artículo 1051 es onerosa. Al valorizársela, deberán tenerse también en cuenta los daños y perjuicios que resultaren al propietario del predio sirviente.
El artículo 1053 aclara que la servidumbre de paso es gratuita:
El que adquiere un predio enclavado en otro del enajenante adquiere gratuitamente el derecho al paso.
Por último, el artículo 1054 regula la amplitud del camino en el derecho de paso:
La amplitud del camino se fijará según las circunstancias.
¿El propietario puede cerrar una servidumbre de paso?
El propietario del predio sirviente no puede impedir injustificadamente el ejercicio de una servidumbre válida.
El propietario del predio sirviente no puede impedir el ejercicio o menoscabar el uso de la servidumbre. Si por razón de lugar o modo la servidumbre le es incómoda, podrá ser variada si no perjudica su uso.
¿Cuándo se extingue la servidumbre de paso en Perú?
La servidumbre legal de paso puede extinguirse cuando desaparece la necesidad que justificó su existencia.
Extinción por destrucción total
Las servidumbres se extinguen por destrucción total, voluntaria o involuntaria, de cualquiera de los edificios, dominante o sirviente, sin mengua de las relativas al suelo. Pero reviven por la reedificación, siempre que pueda hacerse uso de ellas.
Extinción por falta de uso
Las servidumbres se extinguen en todos los casos por el no uso durante cinco años.