Artículo 1021 del Código Civil

Artículo 1021. Causales de extinción del usufructo

El usufructo se extingue por:

1. Cumplimiento de los plazos máximos que prevé el artículo 1001 o del establecido en el acto constitutivo.

2. Prescripción resultante del no uso del derecho durante cinco años.

3. Consolidación.

4. Muerte o renuncia del usufructuario.

5. Destrucción o pérdida total del bien.

6. Abuso que el usufructuario haga de su derecho, enajenando o deteriorando los bienes o dejándolos perecer por falta de reparaciones ordinarias. En este caso el juez declara la extinción.

art 1021 cc

Para profundizar:
Índice: