El maltrato animal se caracteriza por comportamientos crueles, abusivos o dañinos dirigidos hacia los animales, ya sea por descuido o de manera deliberada. Estos actos pueden resultar en el sufrimiento, heridas o incluso el fallecimiento de los animales y se encuentra catalogado como una infracción en numerosos países a nivel global.
Las consecuencias legales por maltrato animal pueden variar y comprenden sanciones que abarcan desde multas hasta penas de prisión, dependiendo de la gravedad de la infracción y las leyes locales aplicables.
Regulación del delito de maltrato animal en México
El delito de maltrato animal en México está regulado principalmente por la legislación local de cada entidad federativa del país.
Maltrato que causa lesiones
El Código Penal para el Distrito Federal aborda el maltrato animal que resulta en lesiones en su artículo 350 bis. Este dice que quien cometa actos de maltrato o crueldad contra cualquier especie animal no humana, enfrentará una pena de seis meses a dos años de prisión y multas de cincuenta a cien días.
Además, si las lesiones causadas ponen en peligro la vida del animal, las penas se incrementarán en una mitad. Sin embargo, esta legislación se refiere a animales que no son considerados como plagas. Por esta razón, también se especifica que los animales abandonados o callejeros no se consideran plaga.
Maltrato que causa muerte
En cuanto al delito de maltrato animal que resulta en la muerte de éste, el artículo 350 ter aborda esta situación. Dice que quien maltrate a un animal hasta provocarle la muerte enfrentará penas más severas, que incluyen de dos a cuatro años de prisión y multas de doscientos a cuatrocientos días. Además, establece que se debe asegurar la custodia de todos los animales que estuvieran bajo el cuidado o resguardo del infractor.
Como sucede en muchos delitos, también existen agravantes para estas sanciones. El mismo artículo dice que si se utilizan métodos que causen un grave sufrimiento al animal antes de su muerte, las penas se incrementarán en una mitad. Se especifica que los métodos que provocan un grave sufrimiento son aquellos que prolongan la agonía del animal y no causan una muerte inmediata.
Peleas de perros
Igualmente, hay algunas leyes a nivel federal que penalizan el delito de maltrato animal. El Código Penal Federal aborda situaciones de maltrato y explotación animal. El artículo 419 bis aborda este maltrato específico hacia los perros en actividades relacionadas con peleas ilegales. Establece que quien críe, entrene, posea, transporte, compre o venda perros con el propósito de utilizarlos en peleas de perros para fines recreativos, de entretenimiento u otros, se enfrentará a una pena de seis meses a cinco años de prisión y multas de doscientos a dos mil días.
Se impondrá pena de seis meses a cinco años de prisión y el equivalente de doscientos a dos mil días multa a quien:
I. Críe o entrene a un perro con el propósito de hacerlo participar en cualquier exhibición, espectáculo o actividad que involucre una pelea entre dos o más perros para fines recreativos, de entretenimiento o de cualquier otra índole;
II. Posea, transporte, compre o venda perros con el fin de involucrarlos en cualquier exhibición, espectáculo o actividad que implique una pelea entre dos o más perros;
III. Organice, promueva, anuncie, patrocine o venda entradas para asistir a espectáculos que impliquen peleas de perros;
IV. Posea o administre una propiedad en la que se realicen peleas de perros con conocimiento de dicha actividad;
V. Ocasione que menores de edad asistan o presencien cualquier exhibición, espectáculo o actividad que involucre una pelea entre dos o más perros, o
VI. Realice con o sin fines de lucro cualquier acto con el objetivo de involucrar a perros en cualquier exhibición, espectáculo o actividad que implique una pelea entre dos o más perros.
La sanción a que se hace mención en el párrafo anterior, se incrementará en una mitad cuando se trate de servidores públicos.
Incurre en responsabilidad penal, asimismo, quien asista como espectador a cualquier exhibición, espectáculo o actividad que involucre una pelea entre dos o más perros, a sabiendas de esta circunstancia. En dichos casos se impondrá un tercio de la pena prevista en este artículo.
La sanción ante mencionada aumentará en una mitad para los servidores públicos que cometan este delito. Además, también se penaliza a quienes organicen, promuevan, anuncien, patrocinen o vendan entradas para espectáculos de peleas de perros, así como a quienes permitan estas actividades en sus propiedades. La pena también aplica a quienes permitan que menores de edad asistan o presencian estas exhibiciones.
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