Bienes semovientes

Los bienes semovientes son aquellos bienes que tienen la capacidad de moverse por sí mismos, es decir, que pueden desplazarse sin la ayuda de agentes externos. Los bienes semovientes se refieren principalmente a los animales vivos, como el ganado, las aves de corral, los animales de granja, los animales de compañía, entre otros.

Ante la ley se les considera bienes porque pueden ser poseídos, tienen un valor económico y pueden ser objeto de transacciones comerciales.

Regulación de los bienes semovientes

Así como otros tipos de bienes como los muebles e inmuebles, los bienes semovientes tienes regulaciones en diversos aspectos como:

  • Propiedad: Los animales como bienes semovientes son considerados propiedad y, por lo tanto, están sujetos a las normas de propiedad y derechos de propiedad.
  • Responsabilidad: El propietario de un bien semoviente es responsable de su cuidado y bienestar. Debe asegurarse de proporcionarles alimento, agua, refugio adecuado y atención veterinaria cuando sea necesario. Además, es responsable de cualquier daño o lesión que pueda causar el animal a terceros.
  • Regulaciones de bienestar animal: Muchos países tienen leyes y regulaciones específicas para garantizar el bienestar de los animales semovientes. Estas leyes establecen estándares mínimos para su tratamiento, transporte, sacrificio humanitario y condiciones de vida.
  • Transporte: El transporte de animales semovientes generalmente está sujeto a regulaciones especiales para garantizar su seguridad y bienestar durante el traslado. Dichas regulaciones pueden incluir requisitos de espacio adecuado, ventilación, alimentación y descanso durante el transporte.

Bienes semovientes en México

En México existe un problema con el concepto de bien semoviente dentro de las leyes. Por un lado, se puede decir que el Código Civil Federal lo incluye en su definición de bienes muebles.

El artículo 753 dice que los bienes muebles son los cuerpos que por su naturaleza pueden trasladarse de un lugar a otro, no importa si se mueven por sí mismos o por efecto de una fuerza exterior. Esto significa que, bajo la definición antes revisada, los animales están incluidos dentro de los bienes muebles ya que pueden moverse por sí mismos.

Son muebles por su naturaleza, los cuerpos que pueden trasladarse de un lugar a otro, ya se muevan por sí mismos, ya por efecto de una fuerza exterior.

Artículo 753 del Código Civil Federal

Sin embargo, en el apartado de este Código Civil sobre los bienes inmuebles da una lista en su artículo 750 sobre los bienes que son considerados inmuebles. Esta lista incluye a los animales en las áreas rurales utilizados para la cría de ganado, ya sea en su totalidad o en parte, y los animales de trabajo necesarios para el cultivo de una finca, siempre y cuando se utilicen con ese propósito. De esta forma, en específico este tipo de animales son bienes inmuebles ante la ley mexicana.

Son bienes inmuebles:

[...]

10. Los animales que formen el pie de cría en los predios rústicos destinados total o parcialmente al ramo de ganadería; así como las bestias de trabajo indispensables en el cultivo de la finca, mientras están destinadas a ese objeto;

[...]

Artículo 750 del Código Civil Federal

Al mismo tiempo, el artículo 759 del Código Civil Federal dice que son muebles todos los bienes que no están considerados ante la ley como bienes inmuebles.

En general, son bienes muebles, todos los demás no considerados por la ley como inmuebles.

Artículo 759 del Código Civil Federal

Por lo tanto, el concepto de bienes semovientes en México no se utiliza legalmente. El tipo de bien al que responden los animales depende de ciertas condiciones. Si se utilizan para la ganadería como se específica en el artículo 750 son bienes inmuebles, mientras que el resto son bienes muebles.

¿Buscas abogado de confianza?

Te ayudamos a encontrar abogado especialista de confianza sin compromiso. Tenemos una amplia red de abogados colaboradores en todo México.









    Al completar el formulario aceptas que has leído y aceptado nuestras Condiciones de Uso y Privacidad.