Artículo 353-I de la Ley Federal del Trabajo
Las disposiciones de este Capítulo no serán aplicables a aquellas personas que exclusivamente reciben cursos de capacitación o adiestramiento, como parte de su formación profesional, en las instituciones de salud.
art 353-I LFT
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Consultar abogado- Ley Federal del Trabajo
- TÍTULO SEXTO. Trabajos especiales
- Capítulo XVI: Trabajos de médicos residentes en período de adiestramiento en una especialidad
- Capítulo XVII: Trabajo en las universidades e instituciones de educación superior autónomas por ley