Artículo 2831 del Código Civil Federal
Si el fiador hubiese transigido con el acreedor, no podrá exigir del deudor sino lo que en realidad haya pagado.
art 2831 CCF
- Código Civil Federal
- LIBRO CUARTO. De las obligaciones
- TÍTULO DECIMO TERCERO. De la fianza
- Capítulo III: De los efectos de la fianza entre el fiador y el deudor
- TÍTULO DECIMO TERCERO. De la fianza