Artículo 2448 K del Código Civil Federal
Si varios arrendatarios hicieren uso del derecho de preferencia a que se refiere el artículo anterior, será preferido el que tenga mayor antigüedad arrendado parte del inmueble y, en caso de ser igual, el que primero exhiba la cantidad exigible en los términos de la fracción II del artículo anterior, salvo convenio en contrario.
art 2448 K CCF
- Código Civil Federal
- LIBRO CUARTO. De las obligaciones
- TÍTULO SEXTO. Del arrendamiento
- Capítulo IV: Del arrendamiento de fincas urbanas destinadas a la habitación
- TÍTULO SEXTO. Del arrendamiento