Artículo 2448 B del Código Civil Federal
El arrendador que no haga las obras que ordene la autoridad correspondiente como necesarias para que una localidad sea habitable, higiénica y segura es responsable de los daños y perjuicios que los inquilinos sufran por esa causa.
art 2448 B CCF
- Código Civil Federal
- LIBRO CUARTO. De las obligaciones
- TÍTULO SEXTO. Del arrendamiento
- Capítulo IV: Del arrendamiento de fincas urbanas destinadas a la habitación
- TÍTULO SEXTO. Del arrendamiento