Artículo 2420 del Código Civil Federal
Si el arrendador fuere vencido en juicio sobre una parte de la cosa arrendada, puede el arrendatario reclamar una disminución en la renta o la rescisión del contrato y el pago de los daños y perjuicios que sufra.
art 2420 CCF
- Código Civil Federal
- LIBRO CUARTO. De las obligaciones
- TÍTULO SEXTO. Del arrendamiento
- Capítulo II: De los derechos y obligaciones del arrendador
- TÍTULO SEXTO. Del arrendamiento