Artículo 2164 del Código Civil Federal
Si el acto fuere oneroso, la nulidad sólo podrá tener lugar en el caso y términos que expresa el artículo anterior, cuando haya mala fe, tanto por parte del deudor, como del tercero que contrató con él.
art 2164 CCF
- Código Civil Federal
- LIBRO CUARTO. De las obligaciones
- TÍTULO CUARTO. Efectos de las obligaciones
- Capítulo I: De los actos celebrados en fraude de los acreedores
- TÍTULO CUARTO. Efectos de las obligaciones