Artículo 1903 del Código Civil Federal
El dueño de un asunto que hubiere sido útilmente gestionado, debe cumplir las obligaciones que el gestor haya contraído a nombre de él y pagar los gastos de acuerdo con lo prevenido en los artículos siguientes.
art 1903 CCF
- Código Civil Federal
- LIBRO CUARTO. De las obligaciones
- TÍTULO PRIMERO. Fuentes de las obligaciones
- Capítulo IV: De la gestión de negocios
- TÍTULO PRIMERO. Fuentes de las obligaciones