Artículo 176 del Código Civil Federal
El contrato de compra-venta sólo puede celebrarse entre los cónyuges cuando el matrimonio esté sujeto al régimen de separación de bienes.
art 176 CCF
- Código Civil Federal
- LIBRO PRIMERO. De las personas
- TÍTULO QUINTO. Del matrimonio
- Capítulo III: De los derechos y obligaciones que nacen del matrimonio
- TÍTULO QUINTO. Del matrimonio