Artículo 1111 del Código Civil Federal
Si fueren varios los propietarios de un predio, no se podrán imponer servidumbres sino con consentimiento de todos.
art 1111 CCF
- Código Civil Federal
- LIBRO SEGUNDO. De los bienes
- TÍTULO SEXTO. De las servidumbres
- Capítulo VI: De las servidumbres voluntarias
- Artículo 1109
- Artículo 1110
- Artículo 1111
- Artículo 1112
- Capítulo VI: De las servidumbres voluntarias
- TÍTULO SEXTO. De las servidumbres