Artículo 136 de la Constitución Política de Guatemala
Artículo 136. Deberes y derechos políticos.
Son derechos y deberes de los ciudadanos:
a) Inscribirse en el Registro de Ciudadanos;
b) Elegir y ser electo;
c) Velar por la libertad y efectividad del sufragio y la pureza del proceso electoral;
d) Optar a cargos públicos;
e) Participar en actividades políticas; y
f) Defender el principio de alternabilidad y no reelección en el ejercicio de la Presidencia de la República.
art 136 cprg
- Constitución Política de la República de Guatemala
- TÍTULO II: Derechos humanos
- CAPÍTULO III: Deberes y derechos cívicos y políticos
- Artículo 135. Deberes y derechos cívicos.
- Artículo 136. Deberes y derechos políticos.
- Artículo 137. Derecho de petición en materia política.
- CAPÍTULO III: Deberes y derechos cívicos y políticos