Artículo 136 de la Constitución Política de Guatemala

Artículo 136. Deberes y derechos políticos.

Son derechos y deberes de los ciudadanos:

a) Inscribirse en el Registro de Ciudadanos;

b) Elegir y ser electo;

c) Velar por la libertad y efectividad del sufragio y la pureza del proceso electoral;

d) Optar a cargos públicos;

e) Participar en actividades políticas; y

f) Defender el principio de alternabilidad y no reelección en el ejercicio de la Presidencia de la República.

art 136 cprg

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